Por Melisa Herrera
CIUDAD DE MÉXICO, a 7 de septiembre de 2026.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación revocó la suspensión que un juez de distrito le había dado a Grupo Xcaret y le negó el freno cautelar que pedía para que no le bajaran páginas web mientras litiga el uso de elementos de la simbología maya.
El expediente viene del incidente 4/2025, ligado a un amparo contra actos del Instituto Nacional del Derecho de Autor. Xcaret exhibió un contrato con el Gran Consejo Maya. La Corte dijo que ese papel puede obligar a quienes lo firmaron, pero no acredita, ni siquiera de manera indiciaria suficiente, la autorización del Pueblo Maya como titular colectivo de su patrimonio cultural, y añadió que ese consejo no representa a la totalidad de las comunidades mayas de Quintana Roo, Yucatán, Campeche, Tabasco, Chiapas y Centroamérica.
El fallo no resuelve todavía si el uso comercial es legal o no. Deja esa pelea para el fondo del juicio y solo corta la protección de mientras tanto. La pregunta que queda en el aire es quién puede autorizar que una empresa use nombres, imágenes y símbolos de un pueblo originario, y con qué documento se prueba ese consentimiento.
Hace unos días la Asociación Internacional de Parques de Atracciones y Entretenimiento metió a Miguel Quintana Pali, fundador de Xcaret, a su Salón de la Fama por mezclar naturaleza, cultura y negocio. La Corte, en paralelo, acaba de decir que un contrato con un consejo que no habla por todo el Pueblo Maya no alcanza para blindar esa mezcla en internet.




